LAS PESQUERIAS Y LA CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE


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Sigue a continuación un extracto de Las Pesquerías y la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, preparado por el Servicio Nacional de Pesquerías Marinas del Departamento de Comercio de Estados Unidos para la reunión cumbre de julio y agosto de 2002 en Johannesburgo. Este extracto describe las medidas tomadas por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y sus miembros, a fin de promover la preservación de los recursos pesqueros. El artículo completo puede verse en http://www.nmfs.noaa.gov/sfa/international/Reportcard_final.pdf

Código de Conducta de la FAO para las Pesquerías Responsables

El concepto del Código de Conducta se discutió en la Cumbre de Río en 1992 y más adelante se hizo realidad en un conjunto de principios y normas internacionales de conducta para las prácticas de pesca responsables. El Código fue aprobado en la Vigésima Octava conferencia de la FAO, el 31 de octubre de 1995. Tiene en cuenta todos los aspectos de la industria pesquera, económicos, sociales, biológicos y ambientales, así como la multitud de intereses de los usuarios de este recurso y al mismo tiempo prevé la preservación, ordenación y desarrollo de los recursos biológicos acuáticos.

Planes de Acción Internacionales (PAI)

Se prepararon cuatro PAI con arreglo al marco que ofrece el Código de Conducta. Estos PAI tienen como objeto buscarle solución a varios asuntos que confronta la ordenación piscícola internacional: el PAI para reducir la captura accidental de aves marinas en la pesca con palangre (PAI-aves marinas); el PAI para la preservación y explotación racional del tiburón (PAI-tiburón); el PAI para la administración de la capacidad de pesca (PAI-capacidad) y el PAI para prevenir, desalentar o eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (PAI-INDR). Los PAI son voluntarios; sin embargo, son útiles porque permiten un enfoque internacional sobre cuestiones de urgencia para la industria pesquera y ofrecen orientación para los países individualmente, las organizaciones regionales para la ordenación piscícola y demás regímenes para hacerle frente a estas cuestiones dentro de sus respectivos esquemas.

Declaración de Roma sobre la Aplicación del Código
de Conducta para las Pesquerías Responsables

La Declaración de Roma fue aprobada en la reunión ministerial de la FAO sobre pesquerías en marzo de 1999. Además de hacer un llamado para que se aplique el Código de Conducta, la Declaración pone de relieve varias cuestiones claves sobre la ordenación piscícola, tales como el empleo del enfoque basado en el ecosistema para lograr pesca y acuacultura sostenibles; la reducción de las prácticas de pesca que desperdician y destruyen; la solución de cuestiones comerciales y medioambientales relacionadas con las pesquerías; la ejecución del Acuerdo sobre Poblaciones de Peces (véase más adelante) y la aplicación de los Planes de Acción Internacionales. La Declaración también instó a la FAO para que elabore un plan de acción mundial que haga frente eficazmente a todas las formas de pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, lo que en última instancia llevó a la creación del PAI-INDR.

AVANCES CON EL AUSPICIO DE UNCLOS

El Acuerdo para la Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, del 10 de diciembre de 1982, Relativas a la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones Altamente Migratorias (Acuerdo sobre Poblaciones de Peces). Como se prevé en el Programa 21, las Naciones Unidas convocaron a un proceso de negociación de tres años que culminó en 1995 con la aprobación del Acuerdo de las Naciones Unidas sobre Poblaciones de Peces. Estados Unidos participó activamente en las negociaciones y fue uno de los primeros estados en ratificar el acuerdo. Se reconoce que este acuerdo, que entró en vigor en diciembre de 2001, es un instrumento importante para lograr pesquerías sostenibles en todo el mundo. Como régimen para explotación piscícola racional, el acuerdo establece principios para la preservación de las poblaciones de peces transzonales y altamente migratorias. También ofrece principios y conceptos nuevos para la ordenación de pesquerías, como el enfoque precautorio, los sistemas de vigilancia de las embarcaciones (SVE), la compatibilidad de las medidas de preservación y ordenación, la transparencia de las actividades dentro de las organizaciones de ordenación piscícola subregionales y regionales, acatamiento por parte de los estados no miembros de las medidas de ordenación piscícola de las organizaciones, el abordaje y la inspección de barcos en alta mar, las medidas estatales portuarias y el acopio de datos y la confrontación de las normas.

Acuerdo para Promover el Cumplimiento de las Medidas Internacionales de Preservación y Ordenación por Barcos Pesqueros en Alta Mar (Acuerdo de Cumplimiento) Este acuerdo de 1993 fue una de las primeras respuestas al Programa 21 y reafirma las disposiciones de la Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar, según las cuales los estados deben ejercer control efectivo sobre los barcos de su nacionalidad que pescan en alta mar. Explica esta obligación estipulando que todos estas embarcaciones deben adquirir licencia para llevar a cabo tal pesca, que las licencias se otorguen siempre y cuando los barcos se sometan a las medidas de preservación y ordenación internacionalmente acordadas, y establece que la FAO sea el lugar de archivo y el centro de intercambio de información sobre dichas embarcaciones, particularmente sobre las que hayan violado el reglamento pertinente y hayan sido sancionadas. Estados Unidos contribuyó en forma significativa a la preparación de este acuerdo y fue uno de los primeros estados que depositó el instrumento de aceptación.

La Declaración de Reykiavik sobre Pesca Responsable en el Ecosistema Marino

La Conferencia de Reykiavik, celebrada en octubre de 2001 y organizada por la FAO, procuró reunir y examinar los mejores conocimientos disponibles sobre cuestiones relacionadas con el ecosistema marino y precisar la forma en que las consideraciones sobre el ecosistema pueden incorporarse en la explotación de los recursos pesqueros. La declaración aprobada en la conferencia hace eco de este imperativo y propone la integración de las consideraciones sobre el ecosistema en la ordenación piscícola, no sólo desde el punto de vista del efecto de la pesca sobre el ecosistema, sino del efecto del ecosistema sobre las pesquerías. Buscó asímismo integrar las consideraciones sobre el ecosistema en las labores de las organizaciones de ordenación piscícola regionales e internacionales; promover las bases científicas para la incorporación de dichas consideraciones; estimular la transferencia de tecnología que permita la incorporación de las consideraciones sobre el ecosistema y diseñar pautas técnicas para introducir esta atención al ecosistema en la ordenación piscícola.

Esfuerzos para combatir y desalentar las actividades
de pesca ilegales, no declaradas y no reglamentadas (INDNR)

En la esfera internacional de la ordenación de pesquerías se reconoce ampliamente que la pesca INDNR puede perjudicar, y en algunas ocasiones, socavar los esfuerzos de ordenación y preservación para lograr pesquerías sostenibles. La creciente inquietud, dentro de muchas organizaciones regionales de ordenación piscícola (OROP), respecto a las actividades de pesca INDNR y el reconocimiento de la inhabilidad de los instrumentos internacionales existentes para tratar eficazmente la cuestión de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada llevaron a un PAI para prevenir, desalentar y eliminar este tipo de pesca. El PAI-INDNR estimula a los estados y a las OROP para que usen todas las medidas disponibles, con arreglo al derecho internacional, para combatir la pesca INDNR, entre ellas medidas estatales portuarias, medidas estatales costeras, medidas relacionadas con el mercado, legislación nacional, sanciones, incentivos económicos, educación y sistemas de vigilancia, control y supervisión (VCS) y medidas relacionadas con el mercado internacionalmente acordadas. Además, la Red de Vigilancia, Control y Supervisión, recientemente establecida (Red VCS), es una contribución significativa a los esfuerzos mundiales para combatir la pesca INDNR, en tanto que los países aúnan sus recursos para acrecentar su efectividad en la aplicación de las medidas de preservación encaminadas a proteger las pesquerías y los ecosistemas del mundo.

Red de Observación, Control y Vigilancia (Red OCV)

Una red de organizaciones e instituciones nacionales se unió para crear la Red de OCV y coordinar los esfuerzos para prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDNR. Los objetivos de la Red de OCV Internacional son mejorar la eficiencia y efectividad de sus actividades relacionadas con las pesquerías, mediante una mayor cooperación, coordinación, acopio de información e intercambio entre las organizaciones e instituciones nacionales responsables de la OCV de la pesca. Su propósito es dar apoyo a las instituciones para que puedan cumplir con las responsabilidades nacionales relativas a la pesca, así como con los compromisos internacionales y regionales adquiridos en virtud de la Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar, el Código de Conducta, el Acuerdo sobre Poblaciones Icticas y el PAI para combatir la pesca INDNR.

A continuación un extracto de los Resultados Claves de la Cumbre,
documento preparado por las Naciones Unidas al concluir la Cumbre:

Los océanos y las pesquerías

Estimular la aplicación, para 2010, del enfoque basado en el ecosistema para el desarrollo sostenible de los océanos.

En términos urgentes y donde sea posible, mantener o restablecer para 2015, las poblaciones de peces agotadas, a niveles que puedan producir el máximo de aprovechamiento sostenible.

Poner en marcha los planes de acción internacionales de la FAO para las fechas acordadas:

  • el referente a la administración de la capacidad de pesca, para 2005, y

  • el de prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, para 2004.

Diseñar y facilitar el uso de enfoques y herramientas diversas, incluso el enfoque basado en el ecosistema, la eliminación de prácticas de pesca destructivas, el establecimiento de áreas marinas protegidas de conformidad con el derecho internacional y basadas en información científica, incluso redes representativas, para 2012.

Establecer para 2004, dentro de las Naciones Unidas, un proceso sistemático para la presentación de información y la evaluación del estado del medio ambiente marino en todo el mundo.

Eliminar las subvenciones que contribuyen a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y al exceso de capacidad.

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Contenido - Perspectivas Económicas - enero de 2003
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